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Monitoreo Ocupacional / Monitoreo Ambiental

Monitoreo Ocupacional

Monitoreo de agentes ocupacionales obligatorio según la Ley 29783. Permite identificar, evaluar y controlar los factores de riesgo presentes en el lugar de trabajo para prevenir enfermedades ocupacionales y promover un ambiente de trabajo seguro y saludable.

  • Agentes Físicos: Ruido, Iluminación, Vibración, Estrés Térmico, Radiación no Ionizante.
  • Agentes Disergonómicos: Manipulación Manual de Cargas, Movimiento Repetitivo, Posturas Forzadas.
  • Agentes Químicos y Biológicos: Polvo Respirable e Inhalable, Gases y Vapores, Hongos, Bacterias.
Monitoreo Ocupacional

Monitoreo Ambiental

Evaluación sistemática de los recursos naturales y el entorno ambiental con el objetivo de verificar el cumplimiento de las normativas vigentes (como el D.S. N.° 003-2017-MINAM y D.S. N°010-2019-MINAM), detectar impactos y garantizar una gestión ambiental sostenible en las operaciones.

  • Calidad de Aire y Emisiones Gaseosas.
  • Calidad de Agua y Efluentes Líquidos.
  • Calidad de Suelo y Sedimentos.
  • Niveles de Ruido Ambiental y Vibraciones.
Monitoreo Ambiental
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Preguntas frecuentes

¿El monitoreo ocupacional es obligatorio?

Sí. El reglamento de la Ley 29783 incluye el registro de monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo disergonómicos entre los registros obligatorios de toda empresa.

¿Qué agentes se miden?

Físicos (ruido, iluminación, vibración, estrés térmico, radiación no ionizante), disergonómicos (cargas, movimientos repetitivos, posturas) y químicos y biológicos (polvo, gases y vapores, hongos y bacterias).

¿Qué incluye el monitoreo ambiental?

Calidad de aire y emisiones, agua y efluentes, suelo y sedimentos, y ruido ambiental, para verificar el cumplimiento de normas como el D.S. 003-2017-MINAM y el D.S. 010-2019-MINAM.